IRPH. Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios.








 

 IRPH. Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios

 

 

 

 

 

 

 

    IRPH son las siglas correspondientes a: Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Estos índices son varios, y son  un porcentaje que  es utilizado por las entidades financieras con el que actualizan el tipo de interés de las hipotecas con tipos de interés variables. El Banco de España publica mensualmente todos los índices a través de un media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario que han inscrito los bancos y cajas de ahorro.

    El índice más utilizado como referencia para las hipotecas a interés variable es el Euribor, pero existen otros que es importante conocer:

- El Euribor: como decimos es el más conocido y utilizado. Es el índice que sustituyó al Mibor. Es el tipo al que las entidades financieras formalizan préstamos entre sí en la zona del mercado interbancario de la moneda europea. ¿Cómo se calcula? Los bancos europeos se prestan dinero entre ellos, entonces a partir de los precios de oferta de estos préstamos, se calcula el Euribor. Estamos hablando de los bancos europeos más importantes. El Euribor sustituyó al Mibor y este todavía se utiliza, pero de forma exclusiva para los préstamos hipotecarios anteriores al 1 de enero de 2000.

 - CECA:  Este índice ha sido creado por la Confederación Española de las Cajas de Ahorro. En este caso para establecer su valor o  porcentaje se utiliza dos tipos de valores. Los préstamos personales y los préstamos hipotecarios formalizados en las cajas de ahorro. El porcentaje de CECA será una media calculada a partir de los tipos aplicados a los préstamos personales con duración de 1 a 3 años y de los tipos ofrecidos en los préstamos hipotecarios para la adquisición de  una vivienda libre. Se quitan en los dos tipos utlizados los valores extremos.

- El IRPH: Existen tres modalidades:

                1.- IRPH de bancos: el porcentaje es la media obtenida a partir de los tipos medios de interés de los préstamos hipotecarios con un plazo superior a tres años que han sido concedidos por los bancos durante el mes.

                2.- IRPH de cajas de ahorro: se calcula igual que el anterior pero  en este caso se trata de los préstamos formalizados en las Cajas de Ahorros, es decir, es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años que han sido concedidos por las Cajas de Ahorros.

                3.- IRPH del Conjunto de Entidades: es una media de los dos índices anteriores.

- También se puede utilizar como índice el de Deuda Pública o rentabilidad semestral de los bonos del Tesoro.

    Como comentábamos el índice más utilizado para referenciar los préstamos hipotecarios a interés variable es el Euribor.

    Debemos de saber que las entidades financieras aplican un diferencial adicional. Si por ejemplo, nuestro banco nos ofrece euribor + 0,50 y el porcentaje del euribor es 4,60 se realizará la suma del índice más el diferencial para obtener el tipo de interés que se aplicará. En este caso 5,10 ya que, 4,60 + 0,50 =5,10

 

¿Qué índice es mejor utilizar? ¿El IRPH o el Euribor?

    Generalmente el valor del IRPH   esta por encima del Euribor, pero como contraprestación tiene la ventaja de que su oscilación no es tan frecuente. Los expertos dicen que generalmente las entidades financieras tienen una mayor disposición a utilizar el Euribor pues generalmente registra menores fluctuaciones durante la vida del préstamo hipotecario.

    El comportamiento del IRPH es más suave que el del Euribor, es decir, tienen reacciones lentas a subidas y bajadas, sus movimientos o sus oscilaciones son menos bruscas. Es menos volátil aunque su valor generalmente es más alto que el del Euribor. Por otra parte el diferencial o margen que se aplica al IRPH, teóricamente debe ser muy pequeño o inexistente.

    A través de este gráfico podemos observar la evolución de los diferentes índices desde Enero de 2000 hasta Julio de 2008. El 20 de cada mes el Banco de España cede los datos del mes anterior.

 

Los datos y gráfico del índice Euribor, del IRPH entidades y de CECA desde 2006 son:

Meses IRPH  Euribor CECA
ene-06 3,591 2,833 4,75
feb-06 3,701 2,914 4,75
mar-06 3,756 3,105 4,75
abr-06 3,852 3,221 4,875
may-06 4,048 3,308 4,875
jun-06 4,132 3,401 4,875
jul-06 4,229 3,539 5,125
ago-06 4,355 3,615 5,375
sep-06 4,451 3,715 5,25
oct-06 4,562 3,799 5,25
nov-06 4,645 3,864 5,25
dic-06 4,753 3,921 5,125
ene-07 4,811 4,064 5,375
feb-07 4,89 4,094 5,5
mar-07 4,975 4,106 5,5
abr-07 5,008 4,253 5,5
may-07 5,092 4,373 5,625
jun-07 5,19 4,505 5,625
jul-07 5,326 4,564 5,75
ago-07 5,422 4,666 6
sep-07 5,497 4,725 6
oct-07 5,551 4,607 6,125
nov-07 5,585 4,647 6,125
dic-07 5,562 4,793 6,125
ene-08 5,611 4,498 6,25
feb-08 5,582 4,349 6,25
mar-08 5,404 4,59 6,125
abr-08 5,418 4,82 6,125
may-08 5,587 4,994 6,250
jun-08 5,794 5,361 6,375
jul-08   5,393  

 

 

Como observamos en el gráfico la tendencia actual de los tres índices es muy similar, dado que el periodo de tiempo es corto (Enero 2006 - Junio 2007), pero el euribor siempre está por debajo del IRPH y del CECA.

Comparativa entre Euribor y IRPH desde Enero de 2006 hasta Septiembre de 2007

Aquí tenemos las diferencias entre IRPH, Euribor y CECA.

Meses Diferencia Diferencia Diferencia
2006-2007  IRPH-Euribor  CECA-IRPH CECA-Euribor
ene-06 0,758 1,159 1,917
feb-06 0,787 1,049 1,836
mar-06 0,651 0,994 1,645
abr-06 0,631 1,023 1,654
may-06 0,74 0,827 1,567
jun-06 0,731 0,743 1,474
jul-06 0,69 0,896 1,586
ago-06 0,74 1,02 1,76
sep-06 0,736 0,799 1,535
oct-06 0,763 0,688 1,451
nov-06 0,781 0,605 1,386
dic-06 0,832 0,372 1,204
ene-07 0,747 0,564 1,311
feb-07 0,796 0,61 1,406
mar-07 0,869 0,525 1,394
abr-07 0,755 0,492 1,247
may-07 0,719 0,533 1,252
jun-07 0,685 0,435 1,12
jul-07 0,762 0,424 1,186
ago-07 0,756 0,578 1,334
sep-07 0,772 0,503 1,275
oct-07 0,904 0,574 1,478
nov-07 0,978 0,540 1,518
dic-07 0,769 0,563 1,332
ene-08 1,113 0,639 1,752
feb-08 1,233 0,668 1,901
mar-08 0,814 0,721 1,535
abr-08 0,598 0,707 1,305
may-08 0,593 0,663 1,256
jun-08 0,433 0,581 1,014

Diferencia IRPH-Euribor

    Siempre ha estado el valor del Euribor por debajo del valor del IRPH. La menor diferencia entre ambos en este periodo es de 0,433, correspondiente a Junio de 2008.

    En este periodo (Enero 2000 - Junio 2008) resulta más ventajosa una hipoteca a Euribor + 0,433 que otra hipoteca a IRPH + 0.

  

Diferencia CECA-IRPH

    Siempre ha estado el valor del IRPH por debajo del valor de CECA. La menor diferencia entre ambos en este periodo es de 0,372.

    Desde Enero del 2000 hasta Junio del 2008 siempre ha resultado más ventajosa una hipoteca a  IRPH + 0,37 que otra hipoteca a CECA+ 0.

Diferencia CECA-Euribor

     Siempre ha estado el valor del Euribor  por debajo del valor de CECA. La menor diferencia entre ambos en este periodo es de 1,014.

    Desde Enero del 2000 hasta Junio del 2008 siempre ha resultado más ventajosa una hipoteca a  IRPH + 1,014 que otra hipoteca a CECA+ 0.


Euribor 16 de agosto de 2007       Contador-visitas

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Miércoles, 14 de Enero del 2009 a las 10:54:24 AM

       Bueno yo tambien estoy algo cabreada con lo del I.R.P.H ,estoy intentando cambiarlo al euribor haber si tengo suerte,de mientras le enviado un mensaje a Zapatero si quereis aunque sea para mostrar vuetra decepción podeis hacerlo aquí: la-moncloa.es/Presidente/Esc ... efault.htm

Comentario número: 123

Comentó lasbrujitas







Miércoles, 14 de Enero del 2009 a las 10:31:25 AM

       Para los que estan con la UCI hay una periodista de la cuatro que esta buscando gente con quien hablar que tenga el IRPH es urgente ya que tienen pensado sacarlo para mañana os dejo el mensaje que ha colgado en el foro. Hola a todos! Soy Elsa, periodista de Noticias Cuatro, nos gustaría tocar el tema del IRPH en el informativo, pero necesitamos hablar con alguien que tenga este tipo de referencia hipotecaria. Por favor, es urgente, lo queremos sacar el jueves 15 de enero. Poneros en contacto conmigo en: elsa.llorente@gmail.com elsalg@sogecable.com Muchas gracias!

Comentario número: 122

Comentó Ana

Miércoles, 14 de Enero del 2009 a las 09:45:51 AM

       hola pues ya casi como ke me an confirmado ke no,pero bueno e mirado con ING si alguien me puede decir de ellos,la verdad ke es un banco ke me coge mi hipoteca otro man dixo ke no,y es con euribor y pagaria 1.157.24. y pagando capital.en cambio con UCI pago 1.448.00 y es solo intereses y con IRPH. y me gustaria saber si ING ES BUEN BANCO.igualmente seguire consultando de ellos con mi famili.

Comentario número: 121

Comentó desiree

Miércoles, 14 de Enero del 2009 a las 09:15:30 AM

       1º vale la pena el euribor, pues siempre es inferior que el IRPH y la tendencia es a la baja. Hay 2 formas de cambiar 1ª novación, hablar con el banco para cambiar las condiciones (indice de referencia + diferencial) yo creo que el euribor+0,60 se consigue bien. 2ª si elbanco se hace el loco pedir una subrogación a otro banco, ponen pegas pero se puede conseguir En los dos casos vale la pena los gasto aunque hay que valorarlos Llevo pagando hipoteca 30 años y con el tiempo algo ha aprendido

Comentario número: 120

Comentó ricardo

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 10:52:24 PM

       Hola a todos.Es la primera vez que hago un comentario de este tema .Me gustaria sí alguien sabe del tema mio.Tengo una Hipoteca de IRPH caja + 0 de indice a 30 años.revisión anual.Estoy pagando 2.217,00 € al mes.Mi pregunta es:¿Me seria mejor pasar a euribor o continuar como estoy ?.les debo al Banco 376.812,00 €. Gracias .. Un Saludo

Comentario número: 119

Comentó Higuera

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 08:35:06 PM

       Estoy de acuerdo con el comentario de Antonio, lo único que podemos hacer es realizar una reclamación conjunta y con publicidad. He indagado en la web de AUSBANC y tienen modelos para nuestra reclamación, por supuesto previo pago,pero además esta asociación me parece muy guerrillera y consigue sus objetivos y les dan bastante publicidad, aunque soy consciente de que la designada para defensor del cliente UCI es ASNEF, según la web del Banco de España. Mañana intentaré contactar con ellos y os comento.

Comentario número: 118

Comentó carmen

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 08:08:47 PM

       Estoy de acuerdo con el comentario de Antonio, lo único que podemos hacer es realizar una reclamación conjunta y con publicidad. He indagado en la web de AUSBANC y tienen modelos para nuestra reclamación, por supuesto previo pago,pero además esta asociación me parece muy guerrillera y consigue sus objetivos y les dan bastante publicidad, aunque soy consciente de que la designada para defensor del cliente UCI es ASNEF, según la web del Banco de España. Mañana intentaré contactar con ellos y os comento.

Comentario número: 117

Comentó carmen

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 08:08:36 PM

       Estoy de acuerdo con el comentario de Antonio, lo único que podemos hacer es realizar una reclamación conjunta y con publicidad. He indagado en la web de AUSBANC y tienen modelos para nuestra reclamación, por supuesto previo pago,pero además esta asociación me parece muy guerrillera y consigue sus objetivos y les dan bastante publicidad, aunque soy consciente de que la designada para defensor del cliente UCI es ASNEF, según la web del Banco de España. Mañana intentaré contactar con ellos y os comento.

Comentario número: 116

Comentó carmen

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 06:49:02 PM

       Gracias antonio por tu comentario

Comentario número: 115

Comentó Teresa

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 05:26:56 PM

       Hola a todos: Es cierto que la LEY 41/2007 pueda establecer que el cambio del índice de referencia se considera una novación pero ello no indica que la entidad financiera tenga que aceptar nuestra propuesta. Según mi consulta a una organización de consumidores, la entidad se puede negar a la novación a no ser que se haga una subrogación con otra entidad en los términos que establece la ley antes citada. Ahora bien, en el caso en que accediera a la novación, ésta podría hacerse mediante un contrato privado con gastos mínimos. Según esta organización lo que podemos hacer es, entre todos (y mientras más mejor), es: -En primer lugar hacer un escrito al defensor del cliente de U.C.I. (ya localizado), exponiendo la situación y nuestras pretensiones. -En segundo lugar, transcurridos dos meses sin respuesta o en caso de respuesta negativa, trasladar el escrito al servicio de reclamaciones del Banco de España. Ésto no garantiza nada porque UCI se puede negar a una modificación de las condiciones. Es sólo el derecho al "pataleo", pero si somos muchos los que amenazamos con la subrogación es posible que U.C.I. cambie de opinión. Siempre nos queda darle mala publicidad a través de algunos medios de comunicación. Si hacéis alguna otra indagación o tenéis otra idea, mantenernos informados. Cuando seamos bastante podemos hacer el escrito.

Comentario número: 114

Comentó ANTONIO

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 02:54:17 PM

       Por cierto mi direccion es ldamgg1@gmail.com

Comentario número: 113

Comentó MAnuel Gómez

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 02:53:13 PM

       Buenas a los 2 Yo tambien tengo contratado una hipoteca con UCI Irph a 3 años mas diferencial del 0,5%. Les llamo para cambiar el tipo de hipoteca a euribor y su respuesta es NO. He consultado el cambio con otras entidades por ejemplo el Santander y con un Euribor + 0.50 con los gastos de cancelacion de UCI me saldría una cuota aproximada de unos 970€. Actualmente con UCI estoy pagando 1280€. Estoy pensando en el cambio, dado que no UCI no quiere realizar los cambios. Espero noticias suyas. Un Saludo

Comentario número: 112

Comentó Manuel Gómez

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 12:57:29 PM

       Cual es la pagina de protesta? Yo les plantee la posibilidad de una novacion y me dijeron que NO ROTUNDO. Pero eso como es, si yo quiero una revision que menos que pedirme los papeles para realizar esa posibilidad.

Comentario número: 111

Comentó carlos

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 12:55:16 PM

       Creo que esta seria la base legal que tenemos para intentar que UCI nos cambie la referencia del tipo de interés de IRPH A EURIBOR LEY 41/2007, DE 7 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/1981, DE 25 DE MARZO, DE REGULACIÓN DEL MERCADO HIPOTECARIO Y OTRAS NORMAS DEL SISTEMA HIPOTECARIO Y FINANCIERO, DE REGULACIÓN DE LAS HIPOTECAS INVERSAS Y EL SEGURO DE DEPENDENCIA Y POR LA QUE SE ESTABLECE DETERMINADA NORMA TRIBUTARIA En el preámbulo de la Ley se establece: la novación de los préstamos hipotecarios en beneficio del deudor se ve dificultada por la interpretación restrictiva que del concepto de novación modificativa hacía la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación de préstamos hipotecarios. Lo que ahora se adopta es una interpretación más amplia de cuándo existe novación modificativa, de manera que se considera que existe mera modificación y no extinción de la relación jurídica y constitución de una nueva en los siguientes supuestos: ampliación o reducción de capital, la prestación o modificación de las garantías personales, alteración de las condiciones del tipo de interés inicialmente pactado o vigente; alteración del plazo, del método o sistema de amortización y de cualesquiera otras condiciones financieras del préstamo.

Comentario número: 110

Comentó carmen

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 12:43:49 PM

       Cual es la pagina de protesta? Yo les plantee la posibilidad de una novacion y me dijeron que NO ROTUNDO. Pero eso como es, si yo quiero una revision que menos que pedirme los papeles para realizar esa posibilidad.

Comentario número: 109

Comentó carlos

Martes, 13 de Enero del 2009 a las 09:13:07 AM

       hola teresa ahora me metere en la pagina ke puso una persona para unirnos ,referente ami correo no tengo internet y entro desde el trabajo por ke es intranet y en pocos sitios deja entrara por ke esta restrinjido casi todo.yo se ke muxos estais diciendo ke os an dicho ke no de cambiar a euribor es cierto por ke yo yame y me dijeron lo mismo.pero la persona ke me busco el banco es decir los ladrones de UCI.el esta intentando hablar con ellos para ke me lo pasen a euribor se ke no va aconseguir nada por ke las buxacas ya las tiene yenas.asi ke me keda una pekeya esperanza de ke esta semana me diga lo contrario y diga ke si a podido.ya os contare cuando me yame .

Comentario número: 108

Comentó Desiree

Lunes, 12 de Enero del 2009 a las 09:11:57 PM

       Mi mail: carmen_gago@hotmail.com

Comentario número: 107

Comentó carmen

Lunes, 12 de Enero del 2009 a las 09:05:21 PM

       Después de leer todos vuestros comentarios como afectados de UCI, he estado investigando en la Web del Banco de España y he encontrado el portal del cliente bancario en el que se detallan las condiciones para interponer una reclamación, queja o consulta, pero para interponerla es necesario como paso previo contactar con atención al cliente de UCI, de manera fehaciente,podemos alegar la Ley 41/2007 de 7 de diciembre para que considere que el cambio de referencia del tipo de interés es una novación y no es procedente cancelar y volver a constituir una hipoteca con los excesivos gastos que ello supone en relación a la novación. Y si no atiende nuestras demandas si podremos interponer una reclamación ante el Banco de España.

Comentario número: 106

Comentó carmen

Lunes, 12 de Enero del 2009 a las 07:45:25 PM

       Hola a todos: Todos los que me habéis enviado un mail habéis sido contestado. Esperamos que todos los que estáis apareciendo en este foro os unáis también y nos enviéis un email. Y buscar en otros foros, estoy seguro que aparecerán más afectados. Os pedimos que escribáis la dirección correcta pues he tenido algún problema. A propósito suele haber problemas con hotmail y en particular no he podido contactar con VICTOR del comentario 195. Si puedes envía un mail que no sea de hotmail. GRACIAS.

Comentario número: 105

Comentó ANTONIO

Lunes, 12 de Enero del 2009 a las 07:14:00 PM

       He estado calculando el irph cajas de los años 2006 2007 y 2008 que es el que yo tengo y en todos me sale que haciendo la media de los ultimos 3 euribor antes de la revision y añadiendole un punto mas o menos te da el resultado. De ser asi empezaria a bajar a partir de enero creo que a un 6.00. a todos los que le han revisado a ultimos que años como a mi os dareis cuenta que el euribor subio mucho los meses de verano por eso nos ha subido tanto. de todas formas el irph esta siempre por encima del eubiror y como dependemos de las cajas y las cosas estan como estan no se lo que pasara, pero si me salen las cuentas y espero que si empezara a bajar y mucho a partir de enero y sino empezemos a rezar.

Comentario número: 104

Comentó pilar

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