La Hipoteca inversa
La
hipoteca inversa es un concepto relativamente reciente pero cada ve z más
extendido. Está dirigido a las personas más mayores que tengan su
vivienda en propiedad y libre de cargas. Este concepto tiene como sucesor el
"seguro vivienda pensión", a través del cual, una persona jubilada y con
vivienda propia podía conseguir una renta vitalicia. El problema en este caso era que su piso pasaba a ser
propiedad del banco y no de los herederos cuando la persona fallecía. Esto
consiguió que la formula
tuviera escaso éxito, y se buscaran ideas y estrategias mucho más
atractivas para los potenciales clientes. En este sentido nació la hipoteca inversa, en la que la propiedad no
se pierde, es decir, no cambia de dueños una vez fallecido el cliente.
Es una fórmula que debe ser estudiada con detenimiento, asesorarse adecuadamente y estar bien informado de las ventajas e inconvenientes de la hipoteca en sí y de cada uno de los factores que la conforman. |
El cliente de la hipoteca inversa se beneficia de un
crédito hipotecario, recibe dinero contra el valor de su vivienda. Las pensiones
recibidas por jubilación no suelen ser muy "generosas" y los jubilados ven mermadas
sus mensualidades una vez que cesan de trabajar. Para los mayores sería el
momento de disfrutar del merecido descanso, pero muchas veces por problemas
económicos no pueden hacerlo adecuadamente y así todavía a su edad se ven
obligados a hacer peripecias para llegar a fin de mes, como si de jovenzuelos
recién emancipados se trataran. En este sentido la fórmula de la
hipoteca inversa puede ser una buena ayuda para poder aumentar el dinero
disponible mensualmente y afrontar los gastos que implica la jubilación, con
dignidad, solvencia y sin preocupaciones o problemas monetarios. Muchos tienen
un bien muy preciado en la actualidad: una vivienda, siendo así dueños de
patrimonio, pero no tanto de dinero contante y sonante. Las entidades bancarias
ofrecerían así una cuota mensual a partir del dinero que supone su vivienda.
El importe concedido dependerá de muchos factores, el más
importante evidentemente será el valor de la vivienda que será convenientemente
tasado. También dependerá de la edad del solicitante. Cuanto más joven sea, es
decir, cuanto más próximo esté a los 65 años que es la edad mínima para poder
disfrutar de esta fórmula, menor dinero se recibirá. El sexo será un factor
también importante, ya que sabiendo que las mujeres disfrutan de mayor esperanza
de vida, su cuota mensual será tambien menor. Otro factor importante es la
elección de la modalidad del préstamo hipotecario, que puede ser, limitado o
vitalicio. Los que contraten el modo limitado disfrutaran de mayor pago que los
que contraten el vitalicio.
La persona mayor recibirá así una cantidad complementaria
a su pensión. Se establecerá un tiempo limitado en el que se podrá disfrutar de
esta cantidad que normalmente estará comprendido entre 10 y 20 años y
a un interés fijo 5 o 6% teniendo como garantía su propia vivienda. En lugar de
establecer un tiempo limitado, también se podrá optar por el vitalicio, y
así nunca se dejará de cobrar mientras el propietario del piso viva pero
la renta que recibirá será menor. Pero sí la persona que ha contratado la
formula de tiempo limitado vive más años de los que dura el tiempo establecido
en la hipoteca inversa, también seguirá disfrutando de las cuotas mensuales,
pero en este caso a través del seguro de rentas vitalicias, seguro que no es
obligatorio contratar, pero que es muy recomendable hacerlo para tener la
tranquilidad de poder seguir cobrando estos fondos durante todos los años que le
queden por vivir. Así por ejemplo imaginemos que una persona ha contratado la
hipoteca inversa a los 65 años para 12 años. Cuando cumpla 77 años podrá seguir
cobrando el mismo dinero gracias a que contrató el seguro de rentas vitalicias.
Cuando ha fallecido el titular, los herederos, que no
perderán los derechos de la propiedad, tendrán varias alternativas para actuar:
Podrán quedarse con la vivienda: Deberán para ello cancelar el
préstamo y devolver con su propio dinero, los fondos que se le fueran
concedidos a la persona mayor. Si no pueden hacerlo, pueden recurrir a la
financiación o constituir una nueva hipoteca sobre la vivienda.
Vender la vivienda: Se vende y se abona al banco la cantidad requerida,
quedándose con el resto.
Es importante saber que una vez ha fallecido el titular
del préstamo hipotecario, cuando los herederos cancelen el préstamo la entidad
bancaria no podrá solicitarles ninguna cantidad en concepto de cancelación.
Contratar la hipoteca inversa suele tener unos gastos
iniciales importantes en concepto de:
- Comisión de abertura: como la hipoteca normal. Es negociable con el
banco. La entidad bancaria incluso puede establecer no cobrarla.
- Gastos de notaría, registro y gestoría: son tasas a pagar por el
propio cliente. Depende mucho de la cantidad total de préstamo concedido.
- Tasación: el piso debe ser tasado por un profesional que realizará un
estudio de la vivienda para dar a conocer su valor. Estos gastos también
corren por cuenta del cliente.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados por transmisión de vivienda:
este impuesto es conocido por sus siglas. IAJD, es abonado como todos los
anteriores por el cliente y su utilidad es la de gravar los documentos
notariales. Es un impuesto que se paga siempre
que se suscribe un documento notarial con cuantía económica e inscribible en el
Registro.
- Seguro de renta vitalicia: si se elige la
hipoteca inversa por tiempo limitado, es importante contratar este seguro,
porque una vez excedido el plazo de la hipoteca, se podrá seguir cobrando la
misma cuota mensual, haciéndose cargo en este caso el seguro.
Así pues todos estos impuestos y gastos los debe hacer
frente en un primer momento el cliente que vaya a contratar la hipoteca inversa.
Estos gastos pueden llegar a ser considerables y si no se pueden hacer frente o
no se quiere, pueden cargarse en la hipoteca, pero entonces la cuota
mensual a percibir será menor.
Pero hay un aspecto importante a tener en cuenta; el
Gobierno ve con buenos ojos la fórmula de la hipoteca inversa y por ello ha
aprobado su regulación que será ratificada por las Cortes. Así El Ejecutivo
propone una reducción significativa de los impuestos y gastos mencionados
anteriormente para hacer más atractiva la hipoteca inversa.
Euribor 11 de agosto de 2007
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